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año:2011
 
institución:PARTICULAR
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 12629 14 de diciembre, 2011 DFOE-EC-0621 Señor Jesús Calderón Rojas Imprenta Pococí 175 oeste del Cuerpo de Bomberos GUAPILES, POCOCI Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio solicitado por el señor Jesús Calderón Rojas sobre inquietudes relacionadas con el Programa de Reconversión Productiva Nos referimos a su oficio de fecha 20 de octubre del 2011, mediante el cual plantea varias inquietudes relacionadas con los estudios realizados por esta Contraloría General en el Programa de Reconversión Productiva, a cargo del Consejo Nacional de Producción (CNP), y en el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA). Como parte introductoria, manifiesta que en los años 1993 y 1994, el Programa de Reconversión Productiva, en asocio con la Asociación de Productores Manos Unidas de Los Angeles de Cariari de Pococí, impulsó un programa de siembra de 780 hectáreas de Raíces y Tubérculos, siendo usted uno de los participantes. Agrega que en su caso, la Asociación Manos Unidas constituyó un fideicomiso con el Banco de Costa Rica, siendo obligatorio conformar una Comisión Mixta como máxima autoridad del fideicomiso, con miembros de la Asociación y del CNP, debiendo tomarse las decisiones por unanimidad, lo que, a su entender, genera una coadministración, por cuanto los administradores del Programa de Reconversión Productiva, tenían el derecho a voto. Concretamente, las interrogantes que plantea son las siguientes: 1. ¿Porqué la Contraloría General, si es cierto que es ilegal la coadministración, permitió que se diera y funcionara esa figura en el fideicomiso suscrito con el Banco de Costa Rica? Para una mayor comprensión del tema, es import ...
Fecha publicación: 19/12/2011
Fecha emisión: 14/12/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11444 17 de noviembre, 2011 DCA-3040 Señor Juan Manuel Barquero Vargas Representante Componentes El Orbe S.A. Fax. 2545-4761 Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta relacionada con el tema de prohibiciones para contratar con el Estado, según lo dispuesto en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento. - Se hace referencia a su nota s/n, ingresada a este órgano contralor con el número 19200, mediante la cual se plantea consulta relacionada con los alcances y supuestos establecidos por la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, en materia de prohibiciones para contratar con el Estado, específicamente se consulta si se configura alguna causal de prohibición o impedimento en el siguiente supuesto: La señora Jeannet Guillermina Marín Cantero es empleada de Componentes El Orbe S.A., quien ostenta el puesto de Directora de Ventas del Sector Público (Directora Ventas Institucionales) y está casada con el señor Francisco Javier Ibarra Arana, quien es el Gerente General de la Junta de Protección Social. La consulta se plantea al amparo del artículo 21 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Realizado el estudio de su consulta, ha de indicarse: • Situación descrita Se informa que la señora Jeannet Guillermina Marín Cantero es empleada de Componentes El Orbe S.A., quien ostenta el puesto de Directora de Ventas del Sector Público (Directora Ventas Institucionales) y está casada con el señor Francisco Javier Ibarra Arana, quien es el Gerente General de la Junta de Protección Social. Se aporta como prueba de lo anterior, los siguientes documentos: - Certificación extendida por la Gerencia de Recursos Humanos de Componentes El Orbe S.A., de fecha 26 de setiembre de 2011. Se señala que Marín ingresó a laborar a 2 dicha empresa el 01 de junio de ...
Fecha publicación: 22/11/2011
Fecha emisión: 17/11/2011
Documento: 11444-2011.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 14 de octubre 2011 DCA-2700 Señor Juan Manuel Barquero Vargas Componentes El Orbe S. A. Estimado señor: Asunto: Se comunica que el recurso de revisión interpuesto el pasado 07 de octubre está siendo trasladado al Despacho de la señora Contralora General de la República, para que resuelva en lo procedente. Se comunica que el recurso de revisión interpuesto por la empresa Componentes El Orbe S. A., en contra de la resolución emitida por la División de Contratación Administrativa No. R-DCA-484-2011 de las doce horas del veintinueve de setiembre de dos mil once, recibido el pasado 07 de octubre en esta División de Contratación Administrativa, se encuentra siendo traslado al Despacho de la señora Contralora General de la República, para que se atienda y se resuelva en lo que corresponda. Suscriben atentamente, Andrés Sancho Simoneau Marlene Chinchilla Carmiol Fiscalizador Asociado Gerente Asociada Ass/ymu NI: 17782 G: 2011002174-2 ] ...
Fecha publicación: 16/10/2011
Fecha emisión: 13/10/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RECURSOS DE RECONSIDERACION Y REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
Proceso: ATENCION DE RECURSOS DE REVISION O DE REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO Y OTRAS REPLICAS


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 08926 20 de setiembre de 2011 DJ-1042-2011 Señor Francisco Gamboa Soto Fax 22335755 Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta sobre la existencia de una eventual prohibición o incompatibilidad entre el cargo que ocupa y el ejercicio de un puesto dentro de un órgano colegiado. Nos referimos a su oficio sin número del 19 de agosto del 2011 y recibido en la Contraloría General de la República el día 22 del mismo mes, mediante el cual consulta si existe incompatibilidad o impedimento para que acepte el nombramiento como titular en la Comisión Nacional de Protección al Consumidor puesto que ejerce además el cargo de director de la Dirección de Inteligencia Comercial de la Promotora de Comercio Exterior (Procomer). I. Justificación de la solicitud Entre las razones que expone para justificar la solicitud se señalan las siguientes: a) La Comisión Nacional de Protección al Consumidor es una entidad de desconcentración máxima adscrita al Ministerio de Economía, Industria y Comercio. b) La participación en esa Comisión sería remunerada por medio de dietas. c) Conforme a la reforma que opera en el párrafo cuarto del artículo 17 de la Ley contra la Corrupción y en Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, No. 8422, considera que no afecta ningún tipo de incompatibilidad o impedimento para aceptar el nombramiento en dicha Comisión. d) La Comisión sesionará en horas diferentes a las de su jornada de trabajo, la cual se extiende de las ocho de la mañana y hasta las cinco de la tarde. e) Mediante oficio No. 9889 del 12 de octubre de 2010 (DJ-3820- 2010), se resuelve una situación muy similar a la planteada en este momento, por lo que sirve como antecedente. 2 II.- Consideraciones previas: De previo a dar respuesta a la consulta planteada, se debe advertir, que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contralor ...
Fecha publicación: 17/09/2011
Fecha emisión: 14/09/2011
Documento: 08926-2011.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Superposicion Horaria, Dietas


DIVISIÓN JURÍDICA ________________________________________________________________________ Al contestar refiérase al oficio Nº 08365 05 de setiembre, 2011 DJ-0981-2011 Licenciado Walter Céspedes Salazar Presidente Comisión Especial Expediente No. 18201 ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimado señor: Asunto: Consulta relacionada con la suscripción de un eventual convenio de préstamo de funcionarios que brinden asesoría especializada a esa Comisión Especial. Nos referimos a su oficio N° PCE-18.201-01-08-2011, recibido el 2 de setiembre pasado, mediante el cual solicita al órgano contralor respuesta a la siguiente interrogante: “Puede indicarnos si existe algún impedimento para que la CCSS pueda suscribir un convenio de préstamo de funcionarios para que presten servicio de asesoría especializada para la Comisión Especial” CRITERIO DEL DESPACHO En atención a su consulta, iniciamos señalando que, más allá de lo establecido en el artículo 2 de la Ley de Contratación Administrativa, en el cual se reconocen efectos a los acuerdos entre entes de derecho público, no existe una norma legal de carácter general que regule la suscripción de convenios como el que aquí nos interesa. Bajo esta tesitura y, pese a que por el principio de legalidad, los actos de las Administraciones Públicas tienen que estar expresamente autorizados, no hay que pasar por alto que los entes y órganos públicos cuentan con potestades implícitas, que suponen el ejercicio de acciones y la toma de decisiones vinculadas con las competencias que les han sido otorgadas de manera positiva. En ese sentido, el artículo 14 de la Ley General de la Administración Pública, establece que los principios generales del derecho podrán autorizar implícitamente los actos de la Administración 2 qu ...
Fecha publicación: 08/09/2011
Fecha emisión: 05/09/2011
Documento: 08365-2011.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Funcionario Publico


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.08184 31 de agosto 2011 DCA-2230 Licenciado Geiner Solano Dormond Abogado y Notario Fax 2710-3238 Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta formulada en relación con imposibilidad de inscripción de escritura de traspaso de inmueble de la Municipalidad de Pococí, por defecto registral en relación con que “Debe de ajustarse a Ley de Contratación Administrativa, debe venir autorización Contraloría y Refrendo Contralor”. Se atiende consulta formulada por el Lic. Geiner Solano Dormond, en su condición de Notario Público, mediante oficio sin número de fecha 8 de julio del 2011, en relación con imposibilidad de inscripción de escritura de traspaso de inmueble de la Municipalidad de Pococí, por defecto registral que debe corregirse conforme lo dispuesto en la Ley de Contratación Administrativa. I. Motivo de la consulta: El Lic. Geiner Solano Dormond, manifiesta que mediante Sesión Ordinaria No. 23 del 28 de marzo del 2011, el Concejo Municipal de Pococí, Limón, aprobó la adjudicación de un inmueble que corresponde al plano catastrado número: L-993719-2005, a nombre de la señora Elia Juliana Granados Obando, por lo cual en su condición de notario público y con vista en el acuerdo municipal procedió a realizar la correspondiente escritura de traspaso de inmueble. Sin embargo a la hora de presentar el documento al Registro Público de la Propiedad para su inscripción, el registrador calificó el documento como defectuoso indicando en la minuta de defectos textualmente: “Debe de ajustarse a Ley de Contratación Administrativa, debe de venir autorización Contraloría y Refrendo del Contralor”. Asimismo señala, que en atención a dicho defecto, procedió a consultarle a la Municipalidad de Pococí, para lograr subsanar el defecto descrito, quienes le remitieron una copia del oficio número 05653 del 15 de Junio del 2010 emitido por la División Jurí ...
Fecha publicación: 05/09/2011
Fecha emisión: 31/08/2011
Documento: 08184-2011.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
Tesauro: Enajenación de bienes inmuebles


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 07912 25 de agosto, 2011 DCA-2175 Señor José Rodolfo Murillo Chaves Presidente Instalaciones Eléctricas Instelec S.A. Fax: 2236-2664 Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta relacionada con la presentación de ofertas electrónicas en procedimientos de contratación promovidos a través del Sistema CompraRED. Se atiende su oficio sin número de fecha 13 de julio del año en curso, recibido en esta Contraloría General en fecha 19 del mismo mes y año, por medio del cual plantea la consulta descrita en el asunto. I. Planteamiento de la consulta. Que el artículo 63 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa regula que una oferta debe ser presentada por los medios autorizados por el cartel, y adiciona que sobre este tema no indican ni la Ley mencionada ni su Reglamento, que sea estrictamente obligatorio y por ende motivo de exclusión de la oferta, el usar estos medios para presentar la oferta. Consulta entonces si es obligatorio usar “estos mecanismos electrónicos”, pues en criterio del consultante, ello atenta contra el Principio de Igualdad y libre competencia establecido en el artículo 5 de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, por cuanto no permite que se participe en el concurso presentando la oferta en forma física o presencial. Agrega que el cartel de la licitación abreviada No.2011LA-000121-01200 del Sistema Nacional de Áreas de (SENAC) estipula: “La oferta deberá ser presentada únicamente en forma electrónica a través del sistema COMPRARED, debidamente firmada digitalmente por la persona facultada para dicho trámite (artículo 40 L.C.A. y Art. 63 y 140 del R.L.C.A.) en el trámite correspondiente a esta Contratación, dentro del plazo indicado para recibir ofertas y antes de la hora señalada para el acto de apertura, cualquier otra presentación de la oferta no será admiti ...
Fecha publicación: 30/08/2011
Fecha emisión: 25/08/2011
Documento: 07912-2011.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No.07658 16 de agosto, 2011 DJ-0890-2011 Licenciado Fernando Fennel Montoya Abogado Particular Estimado señor: Asunto: Rechazo de plano de consulta formulada por sujeto privado- falta de requisitos artículo 29 de la Ley No. 7428. Se refiere este Despacho a su oficio de fecha 15 de abril del 2011 recibido en esta Contraloría General el día 1 de agosto del 2011, por medio del cual consulta si son legales las ventas que el INVU ha hecho de terrenos ubicados en las riveras de los ríos Tiribí y María Aguilar, para construcción. I. Sobre la admisibilidad. De acuerdo con las disposiciones del artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República No 7428, del 7 de setiembre de 1994 y la Circular No. CO-529 sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República del 26 de mayo de 2000, este órgano contralor tiene competencia para evacuar las consultas planteadas por los órganos parlamentarios, diputados y los sujetos pasivos de la Contraloría General de la República, es decir la Administración activa, las Auditorías Internas, los sujetos privados que administren fondos públicos y aquellos no contemplados en el inciso b) del artículo 4 de la Ley No. 7428 que tengan vínculo con temas de competencia del órgano contralor. Asimismo es necesario aclarar que por esta vía no se entra a conocer si una determinada conducta administrativa se encuentra ajustada a derecho, en tanto esta Contraloría General no es competente para resolver o decidir casos concretos que corresponden al ámbito de decisión del consultante o de la entidad administrativa correspondiente. En razón de lo anterior, lo procedente es rechazar de plano la consulta, siendo que además no acredita su vinculación con la Hacienda Pública. No obstante, en un ánimo de colaboración y de manera no vinculante ...
Fecha publicación: 21/08/2011
Fecha emisión: 18/08/2011
Documento: 07658-2011.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 07093 03 de agosto de 2011 DJ-0827-2011 Señor Marvin Mora Solano Estimado señor: Asunto: Criterio en relación con la posibilidad de que un funcionario público labore en dos instituciones públicas. Nos referimos a su oficio del 23 de mayo de 2011, mediante el cual solicita el criterio de esta Contraloría General de la República en cuanto a las siguientes interrogantes: Tiene una persona derecho a laborar en dos instituciones públicas ostentando puestos en propiedad? Puede un docente que no posee dedicación exclusiva ni prohibición laboral en una institución educativa en horario nocturno, desempeñarse en horario diurno en otra institución pública en actividades sin ninguna afinidad a la docencia y sin excederse de las setenta horas en total? Es necesario realizar algún tipo de trámite ante la Contraloría General de la República en situaciones como la antes mencionada? I.- Consideraciones previas: De previo a dar respuesta a la consulta planteada, se debe advertir, tal y como esta División ha indicado en forma reiterada, entre otros, en el oficio No. 11620 (DJ-4031-2010) del 26 de noviembre de 2010, que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley No. 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular No. CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas cuyas particularidades y detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio completo y suficientemente informado. Lo anterior no impide, sin embargo, emitir consideraciones generales respecto a consultas vinculadas con el ámbito competencial de la Contraloría General, más aún, cuando en tratándose de temas o materias atinentes a la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en l ...
Fecha publicación: 06/08/2011
Fecha emisión: 03/08/2011
Documento: 07093-2011.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Prohibicion de Percibir Compensaciones Salariales


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 06062 FAX No. 2255-4434 6 de julio, 2011 DFOE-EC-0319 Doctor Manuel Polini Niestzen Apoderado Generalísimo de Red de las Américas CANAL 44 Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio solicitado por Canal 44, para que se le prevenga al BNCR sobre la obligación de pautar con ellos gastos de publicidad e información, de acuerdo con la Ley Nro. 4325 Nos referimos a su oficio de fecha 4 de junio del 2011, recibido el 8 de de mismo mes, mediante el cual solicita a esta Contraloria General, realizar una prevención al Banco Nacional de Costa Rica, sobre la obligación que tiene de incluir en su presupuesto el monto por concepto de publicidad e información, que le corresponde a ese Canal 44, según el articulo 3 de la Ley Nro. 4325. En caso de que dicha entidad bancaria no acate tal prevención, solicita se proceda a “…paralizar la ejecución del presupuesto del Banco Nacional de Costa Rica, por el incumplimiento del Articulo 1 de la Ley No. 4325”. Los textos de los referidos artículos, disponen lo siguiente “Artículo 1º.- Las instituciones autónomas y semiautónomas del Estado, el Gobierno de la República y todas las entidades que reciban una subvención del Estado, deberán dedicar sus presupuestos de publicidad e información por la televisión y la radio al patrocinio de programas vivos, grabados o filmados, artísticos, culturales o informativos de producción nacional, excepto las sumas que se requieran para ‘cuñas’ o avisos, sin que éstas puedan exceder del 70% de dicho presupuesto de publicidad para televisión o radio. En todo caso, las ‘cuñas’, avisos o comerciales filmados, que se utilicen en los programas patrocinados po ...
Fecha publicación: 11/07/2011
Fecha emisión: 06/07/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO